Servicios Hasta 2030

Defensa frente a demandas de nulidad

Hasta abril de 2030 seguirán llegando demandas de socios. Con la doctrina de 2025 muchas se ganan, si la escritura de adaptación se sabe explicar.

Desde 2015, miles de socios han demandado a los complejos pidiendo la nulidad de su contrato de multipropiedad y la devolución del precio. Durante años el Tribunal Supremo les dio la razón en la mayoría de los casos. Eso ha cambiado, pero las demandas no han parado: hasta abril de 2030 seguirán entrando, y cada una obliga al complejo a defenderse con la escritura de adaptación en la mano.

Cronología legal de la multipropiedad en España: Ley 42/1998, adaptación 1999-2001, Ley 4/2012, sentencias del Supremo desde enero de 2015, sentencias del Pleno de 30 de octubre de 2025 y caducidad de las acciones de nulidad el 3 de abril de 2030
De la Ley 42/1998 a la caducidad de 2030. Diez años de nulidades entre 2015 y 2025.

Lo que ha cambiado

El 30 de octubre de 2025 el Pleno de la Sala Primera del Supremo fijó un criterio nuevo: lo decisivo no es cuándo se vendió la semana, sino cómo se adaptó el régimen a la Ley 42/1998. Si la escritura de adaptación mantuvo el régimen anterior tal como era, la duración indefinida es válida; y los sistemas flotantes son válidos si existe un procedimiento claro para determinar el alojamiento. Y la Ley Orgánica 1/2025 puso fecha: las acciones de nulidad caducan el 3 de abril de 2030.

Para el complejo esto significa que muchas demandas que antes se perdían ahora se pueden ganar, siempre que la escritura de adaptación diga lo que tiene que decir y se sepa explicar al juzgado.

Qué hacemos

Preparamos la defensa del complejo a partir de su documentación real: la escritura de adaptación, el sistema de reservas, los contratos tipo. Contestamos las demandas, llevamos el procedimiento en todas las instancias y, cuando conviene, negociamos con el demandante una salida que evite el juicio y, de paso, recupere la semana para el complejo. Cuando llegan demandas en bloque, organizamos la defensa para que todas se apoyen en la misma posición y no se contradigan entre sí.

Por qué nosotros

Porque durante años hemos estado en el otro lado, presentando estas mismas demandas en nombre de titulares en la red de Reclamalia. Sabemos cómo se construyen, qué pruebas necesitan y dónde flaquean. Esa experiencia es la que permite defender a un complejo con argumentos que el demandante no espera.

Qué necesitamos

La demanda o demandas recibidas, la escritura de adaptación del régimen, el contrato del socio demandante y el reglamento de reservas si el sistema es flotante. Con eso le decimos por escrito qué probabilidades tiene y qué le recomendamos, antes de contestar.

Encargo

¿Tiene un asunto de este tipo? Le decimos por escrito si podemos ayudar y cómo.